Legal Compliance

Se exige por primera vez a las empresas que desarrollen una adecuada política de Compliance

Bonatti Legal complianceLos sistemas de cumplimiento normativo, o Compliance Management System (CMS), pretenden que la actividad  de una empresa u organización respete las normas externas (ley)  e internas (códigos, modelos,normas) que la rigen. En los casos más avanzados, se integran en sistemas de Governance, Risk & Compliance (GRC) cuyo objetivo es alinear la actividad de la organización con sus valores y código de conducta.

Hablamos de Superestructuras de Compliance cuando tienen como objetivo  que la organización cumpla todos los bloques normativos que afectan a su actividad, y decimos que son CMS específicos  cuando están destinados a cumplir un bloque normativo concreto (penal, consumidores, medio ambiente, competencia, data protection).

Los programas de Corporate Compliance son CMS específicos destinados a  prevenir la comisión de delitos en el seno de una empresa u organización con el objetivo de exonerar de responsabilidad penal a las empresas o personas jurídicas.

La escalada de reformas presentes y futuras (Código Penal, Buen Gobierno de las Sociedades Mercantiles y Reforma fiscal entre las más relevantes) van extendiendo y concretando el marco normativo del Compliance en España, configurando una clara tendencia de futuro en el panorama empresarial español y europeo: la empresa no deberá sólo autorregularse, sino también gobernarse conforme a Principios, Políticas y Sistemas establecidos de antemano.

CORPORATE COMPLIANCE:  En alianza estratégica con una de las más prestigiosas consultorías españolas de análisis de riesgos, hemos desarrollado CMS adaptado a los requisitos exigidos para exonerar a su empresa de cualquier responsabilidad penal que  se convierte en  una herramienta idónea para que PYME y otras sociedades no cotizadas puedan prevenir sus riesgos penales corporativos conforme a las exigencias de los más prestigiosos estándares normativos internacionales y con una inversión de recursos perfectamente ajustada a las características de cada cliente.

GOVERNANCE, RISK & COMPLIANCE: Nuestra experiencia profesional y alto nivel de formación, nos permite también ofrecer servicios de asesoramiento, revisión, auditoría e implementación de CMS tanto en marcos específicos como en marcos mas genéricos de Governance, Risk & Compliance.

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Una visión innovadora de la prevención y defensa penal corporativa

¿cómo escoger nuestro modelo de compliance?

El Derecho Penal Corporativo es una especialidad del derecho penal importada del mundo anglosajón que hace mención al conjunto de técnicas y procedimientos que adoptan las empresas para evitar que en su seno se cometan actos delictivos que puedan afectar a la propia empresa, a terceros ajenos a su estructura (clientes, proveedores, competidores), al mercado o intereses socioeconómicos superiores como la Hacienda Pública y la Seguridad Social.

La introducción del llamado «Derecho Penal Europeo», impuesto por la integración de España en la Unión Europea y en otros organismos internacionales como la OCDE, ha conllevado que a partir del año 2010 nuestro Código Penal exija a empresas y corporaciones que adopten este tipo de medidas de control interno mediante Sistemas de Prevención de Riesgos Penales , (Corporate Compliance Management Systems). Este tipo de programas deben observar unos estrictos requisitos para que efectivamente exoneren de cualquier responsabilidad penal a los sujetos obligados.

Gracias a la alianza estratégica que mantenemos con una de las más prestigiosas consultorías españolas de análisis de riesgos, desarrollamos Sistemas de Compliance adaptados a los requisitos exigidos por las últimas reformas legislativas en la materia, que cubren los cinco objetivos fundamentales para exonerar de responsabilidad penal al sujeto obligado:

  1. Identificar y dibujar el mapa de riesgos en todos aquellos ámbitos de actuación donde pueden cometerse los delitos objeto de prevención.
  2. Establecer políticas y procedimientos adecuados para la toma y ejecución de decisiones en cada nivel de responsabilidad, bajo la supervisión de un órgano de control.
  3. Diseñar e implementar un modelo de gestión de recursos financieros adecuados para hacer eficaz el sistema de Compliance.
  4. Implementar en el seno de la organización un canal de comunicación interno eficaz que comunique cualquier riesgo al órgano de control (canales éticos-whistleblowing).
  5. Establecer un sistema disciplinario que sancione adecuadamente cualquier
    incumplimiento.

Dependiendo de la estructura, titularidad y personalidad jurídica de nuestro cliente, los objetivos del sistema de COMPLIANCE pueden dirigirse a:

  • Evitar la comisión de hechos delictivos por los empleados y dependientes que se hallen sujetos a la autoridad del órgano de administración del cliente.
  • Evitar la comisión de hechos delictivos por el órgano de administración cuando éste sea distinto de los accionistas, socios o propietarios de la empresa.

Nuestros Sistemas de Compliance son una herramienta idónea para que las PYME y microempresas puedan prevenir sus riesgos penales corporativos conforme a las exigencias de los más prestigiosos estándares normativos internacionales y con una inversión de recursos ajustada a las características y necesidades de cada cliente.

La eficacia de un Sistema de Compliance exige que los miembros de la organización detecten y comuniquen cualquier irregularidad que se esté produciendo en el seno de la misma, sin que por ello se vean comprometidos frente a sus compañeros o superiores.

La terminología anglosajona utilizada para identificar estos canales es «whistleblowing». En España, se impone la denominación «Canales Éticos»

Este canal de denuncia eficiente y seguro depende en muchas ocasiones de su externalización a través de un despacho de abogados, que aseguran la confidencialidad del comunicante y facilitan una mejor valoración de los hechos comunicados.

Ante la detección precoz de cualquier riesgo o irregularidad, el cliente debe activar un proceso de investigación interna que permita confirmar o descartar las sospechas y – en su caso- tomar las decisiones adecuadas para asegurar el cumplimiento normativo y proteger a la organización de eventuales riesgos.

Estos protocolos de investigación deben garantizar los derechos de las personas investigadas a la vez que preservar la legalidad de las pruebas que se obtengan.

Ponemos a disposición del cliente todos nuestros recursos profesionales y un amplio elenco de colaboradores expertos en seguridad informática e investigaciones forenses avanzadas que permitirán afrontar cualquier investigación interna, garantizando un escrupulosos respeto a los derechos fundamentales de las personas investigadas.

Parte esencial del éxito del programa de Compliance es el órgano encargado de:

  1. Garantizar la eficacia del Sistema de Cumplimiento que hemos diseñado e implementado.
  2. Detectar  cualquier incidente de cumplimiento que se produzca, informando y adoptando las medidas correctoras oportunas
  3. Monitorizar el Sistema y reportar al Órgano de Administración.

Este órgano (unipersonal o colegiado) denominado Compliance Officer no está expresamente regulado, y puede ser miembro del Órgano de Administración o ser independiente de éste último y reportar directamente a los propietarios o accionistas.

En nuestro despacho encontrará el asesoramiento necesario para adoptar el modelo mas adecuado de Órgano de Cumplimiento y facilitarle una adecuada selección y formación de personal idóneo para su organización.

Para empleados y directivos, destinados a facilitar el conocimiento de las situaciones de riesgo penal y evitarlas mediante la toma de decisiones adecuadas.

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